Mudanzas entre Regiones
En Funeraria La Floresta, contamos con la aprobación del Ministerio de Salud para coordinar traslados entre regiones en cualquier momento.
Después de cada traslado, registramos la información mensualmente en los archivos del ministerio, simplificando todo el procedimiento.
A pesar de esto, es posible solicitar una resolución específica para cada situación en el Servicio de Salud correspondiente, basándonos en el lugar del fallecimiento y no en el domicilio del difunto.
Pasos a seguir:
1. Certificado Médico de Fallecimiento: Proporcionado por el médico responsable en hospitales, clínicas o residencias geriátricas. En casos que involucren al Instituto Médico Legal, se requiere una Autorización Judicial.
2. Resolución de Traslado: Esencial para especificar el lugar de sepultura. La inscripción del fallecido en el Registro Civil puede realizarse en la ciudad de deceso o el destino final.
3. Traslado Aéreo: Si es vía aérea, se necesita una inyección conservante y certificado médico. Las aerolíneas requieren un certificado de traslado y embalaje específico para el ataúd, gestionado por FUNERARIA LA FLORESTA.
Reubicación de Restos en Cementerios: Un proceso meticuloso.
Consideraciones a tener en cuenta:
1. Certificado de Fallecimiento: Obtén este documento en las oficinas del registro civil para certificar el deceso.
2. Permiso del Propietario de la Sepultura: Asegúrate del consentimiento y relación familiar mediante pruebas como el libro de familia, actas de nacimiento o matrimonio.
3. Criterio de Relación Familiar: La normativa exige que el solicitante sea el familiar más cercano. En su ausencia, una declaración jurada ante notario es necesaria.
4. Información Complementaria: Detalles del autorizante, relación familiar y carta de exención de responsabilidad son requeridos en el departamento sanitario del cementerio.
5. Solicitud de Exhumación y Cambio: Completa este proceso en una reunión con el inspector sanitario, pagando la tarifa correspondiente.
6. Aprobación del Traslado: La dirección evalúa la solicitud según normativas y leyes actuales. Se emite una Resolución de Traslado si se aprueba.
7. Día del Traslado: El inspector redacta el Acta de Traslado, otorgando el permiso final.
8. Presentación en el Cementerio Original: Coordinar con la funeraria y presentar todos los documentos.
9. Llegada al Nuevo Cementerio: Al ingresar, presenta copias de la Resolución de Traslado y el Acta de Exhumación y Traslado obtenidas en el cementerio de origen.